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FUNCION DE LA POLICIA NACIONAL

LA POLICIA NACIONAL TIENE COMO FUNCION EL Artículo doce 1. Además de las funciones comunes establecidas en el artículo anterior, se establece la siguiente distribución material de competencias: A) Serán ejercidas por el Cuerpo Nacional de Policía: a) la expedición del documento nacional de identidad y de los pasaportes. b) el control de entrada y salida del territorio nacional de españoles y extranjeros. c) las previstas en la legislación sobre extranjería, refugio y asilo, extradición, expulsión, emigración e inmigración. d) la vigilancia e inspección del cumplimiento de la normativa en materia de juego. e) la investigación y persecución de los delitos relacionados con la droga. f) colaborar y prestar auxilio a las Policías de otros países, conforme a lo establecido en los Tratados o Acuerdos Internacionales sobre las Leyes, bajo la superior dirección del Ministerio del Interior. g) el control de las entidades y servicios privados de seguridad, vigilancia e investigación, de su personal, medios y actuaciones. h) aquellas otras que le atribuya la legislación vigente

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